Sala Constitucional admite recurso de inconstitucionalidad presentado por la Femetrom, contra la reelección de autoridades locales

La Sala Constitucional admitió el recurso presentado por la Federación Metropolitana de Municipalidades (Femetrom), en el cual se objetan las modificaciones incluidas en la ley que limita la reelección de autoridades locales.

Para los miembros de esta federación Ley 7794, aprobada recientemente es una violación al derecho de la ciudadanía a elegir a las personas que les parezca más idóneas para ocupar puestos municipales de elección popular.

En la resolución la Sala Constitucional emplaza a la Procuraduría General de la República (PGR), al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y a la Asamblea Legislativa para que ofrezcan sus argumentos en pro o en contra de dicho recurso.

Una vez finalizada esta etapa, la misma Sala convocará a las partes a una vista oral, en la que se expondrán otros argumentos relacionados con la acción inconstitucionalidad.  Superada esta instancia, ya los magistrados darán su resolución final.

“Estamos muy satisfechos de que la Sala Constitucional haya admitido nuestras razones para que se analice por el fondo una ley aprobada a la carrera, al calor de una elección y que a todas luces es discriminatoria. No es que estemos en contra de limitar la reelección de autoridades municipales, pero de una forma justa y balanceada y la ley que se aprobó no lo es”, dijo Gerardo Oviedo, presidente de la Femetrom y alcalde de Santa Ana.

Entre los argumentos que cita la Femetron para que se declare inconstitucional la nueva legislación es “una discriminación odiosa dirigida hacia unas personas en particular, lo cual resulta violatorio de los principios de igualdad, razonabilidad, proporcionalidad, y libertad política individual”.

Otro aspecto que critican las municipalidades metropolitanas es que la ley afecte a quienes estén en este momento en el ejercicio del poder, ya que ninguna legislación tiene efectos retroactivos.

Además, se argumenta que en enero de este año el Tribunal Supremo de Elecciones alertó a los diputados que un proyecto como el que estaban discutiendo era improcedente, ya que la Constitución Política prohíbe hacer reformas de índole electoral cuatro meses antes y seis meses después de una elección. Pese a esta advertencia, el Congreso aprobó la iniciativa el 29 de marzo, a tan solo seis días de que se llevara a cabo la segunda vuelta electoral.

Con la admisión del recurso presentado por la Femetrom, las otras acciones relacionadas con este mismo tema, como el de la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI), se acumulan en el expediente.

La Federación Metropolitana de municipalidades está integrada por los gobiernos locales de: Alajuelita, Aserrí, Goicoechea, Moravia, San José, Santa Ana y Tibás.

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