El proyecto de ley No. 20.814, “Ley contra el uso abusivo de los cargos municipales” impulsado por el diputado Pablo Heriberto Abarca (PUSC) y otros diputados incluye un artículo el cual pretende que los alcaldes se separen de sus cargos, medio año antes de que lleven a cabo las elecciones municipales.
Dicha iniciativa está en conocimiento de la Comisión Especial Permanente de Asuntos Municipales, donde se le dará el trámite respectivo.
Sin embargo, las reacciones no se han hecho esperar. Por ejemplo, la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias, ANAI, envió la siguiente declaración:
“Sin embargo, dicho modificación al texto provoca desigualdad en otras postulaciones, por ejemplo, en el caso de los regidores, que quisieran aspirar a alguna alcaldía del cantón que representan, manteniendo su puesto en el concejo municipal, no tendrían dicha prohibición. Mientras que los alcaldes y vicealcaldes en las mismas condiciones tendrían abandonar su puesto para poder reelegirse”
Para algunos, los alcaldes que pretendan reelegirse, pueden realizar ciertas acciones cerca de la fecha de la elección, con el fin de generar mayor simpatía entre los votantes.
Se habla, por ejemplo, de inauguraciones, donaciones y apertura de nuevos servicios. Lo que se podría interpretar como que ese alcalde se está aprovechando de su cargo para favorecerse, lo cual ya está tipificado en la legislación actual, bajo el delito de “Beligerancia Política”
Hace unos días atrás, Héctor Fernández Masis, director de la Dirección de la Dirección del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones, comentó sobre este tema con ECO MUNICIPAL indicando que esta es “una zona gris”, ya que las denuncias en contra de los alcaldes, sobre el supuesto aprovechamiento de su cargo para beneficio propio, son constantes.Sin embargo, el mismo funcionario aclaró, que no es lo mismo que hayan denuncias, a que se presenten las pruebas que demuestren que existe el delito.
En Eco Municipal esta propuesta, incluida en el proyecto de ley No. 20.814, nos genera varias dudas.
Por ejemplo:
¿Quién sustituirá al alcalde que se deba acoger a ese permiso de seis meses, el cual es sin goce de salario?
¿Se exigirá que quien sustituya al alcalde no se postule para ese puesto?
¿Es justo que dicho alcalde se vea forzado a dejar de recibir su salario por medio año, solo porque quiere reelegirse?
¿De qué manera afecta al municipio el que quien fuera elegido para alcalde, por medio del voto popular, deba retirarse, solo por el hecho de querer continuar un periodo más en su función?
Todo parece indicar que lo que busca esta iniciativa es “castigar” o “disuadir” a los alcaldes de su intención de reelegirse.
Es necesario aclarar que dicha iniciativa está en comisión y que no tiene nada que ver con las elecciones municipales que se llevarán a cabo el próximo año.