El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) objetó el proyecto de ley que se tramita con el expediente 21.810, el cual propone limitar la reelección de autoridades locales a una única oportunidad hasta cumplidos ocho años de que la persona haya dejado dicho puesto de elección popular.
El TSE consideró que esta limitación genera “un vaciamiento en el derecho humano a ser electo”, el cual se subsanaría si el texto indicara que la persona pueda ser electa en otro puesto.
Por otra parte, el TSE aclaró en el documento de respuesta que la Asamblea Legislativa no podrá convertir en ley ningún proyecto en el que se haya manifestado su oposición seis meses antes y cuatro después de una elección popular.